En el mundo del Derecho, la frase “hecha la ley, hecha la trampa” se aplica a quien incumple o intenta eludir una norma plenamente vigente y para ello se vale de todo tipo de argucias e interpretaciones. Incluso los argumentos pueden sonar convincentes, pero eso no cambia el problema de fondo: alguien quiere burlar la ley para salirse con las suyas. Esa conducta en el acerbo jurídico boliviano se conoce como “chicana” y se aplica a todo letrado que ofende la majestad de la norma con conductas sinuosas y poco éticas.

El 6 de agosto, el presidente Luis Arce anunció la convocatoria a un referéndum para que la población vote sobre tres temas: la redistribución de escaños parlamentarios, la reelección presidencial y la subvención a los hidrocarburos. Mucha tinta ha corrido sobre la agenda propuesta por Luis Arce y, más allá de distraer la agenda de los temas importantes para el país, la propuesta está lejos de conseguir el consenso necesario.

En el ámbito jurídico la mayoría de los jurisconsultos coincidieron en que la consulta sobre la reelección y la redistribución de escaños implicaba una reforma constitucional y para ello era imprescindible la aprobación de una ley de convocatoria que debe ser sancionada por dos tercios de la Asamblea Legislativa Plurinacional, tal como establece el art. 411, numeral II de la Carta Magna.

Dada la actual correlación de fuerzas en el Órgano Legislativo, en principio se podía anticipar que el referéndum planteado por el presidente era simple y llanamente inviable. Pero, hecha la ley, hecha la trampa.

El Gobierno sacó un as bajo la manga y apareció el ministro de Justicia, Iván Lima, con una particular interpretación de las leyes, algo por lo que el dignatario de Estado ya se hizo conocido en el último tiempo. La carta oculta consiste en una Acción de Inconstitucionalidad presentada por el diputado “arcista” Juan José Jáuregui que pretende, una vez más, restar atribuciones a la Asamblea Legislativa y a ello se añade el relato de Iván Lima sobre la posibilidad ciertamente expresa en la Ley 026 del Régimen Electoral que en su art. 16 indica que el presidente del Estado puede convocar a referéndum vía decreto supremo.

La Acción de Inconstitucionalidad planteada por Jáuregui ha sido admitida y, en consecuencia, la ALP debe asumir defensa antes que velar por el cumplimiento de la Constitución. Pero en este escenario hay dos problemas: primero que existe una jerarquía normativa que establece que la Constitución está por encima de todas las normas de menor rango y mucho más si se trata de una reforma parcial; segundo, está la peligrosa intención de un mandatario que pretende promover una reforma constitucional convocando a un referéndum por vía de un decreto.

En ese contexto, resulta sintomática la advertencia de Lima al Órgano Legislativo al indicar que, si la Asamblea quiere, puede participar, pero con o sin su aporte, el Gobierno avanzará en su referéndum.

Si la estrategia gubernamental claramente definida por el ministro Lima tiene éxito, se sentará un nefasto y peligroso precedente. Cuando se le antoje, un mandatario convocará a referéndum por un decreto y modificar los artículos de la Constitución que le resulten incómodos o poco favorables. Así comenzaron Chávez, Ortega, Maduro y Bukele, los dictadores “democráticos” del continente americano. ¿Cuál es el camino que quiere seguir Luis Arce?