PAÍS
TSE observa las cuatro preguntas planteadas por el presidente Luis Arce para referéndum
Hace unos días el primer mandatario envió al Tribunal Supremo Electoral (TSE) las consultas que prevé someter a consideración de la ciudadanía
El Gobierno eliminó del referéndum el tema sobre la cantidad de escaños parlamentarios, por lo que ya no serían cuatro sino tres las preguntas que planteará el presidente Luis Arce en la consulta popular que espera hacer el 1 de diciembre, junto a las elecciones Judiciales.
“Vamos a cumplir con la determinación del Tribunal Supremo Electoral. (Con) la cuarta pregunta que se refiere a los escaños, no vamos a pedir ninguna aclaración ni precisión. Vamos a descartar la cuarta pregunta, no va a ir ya en el referéndum que el presidente Arce ha planteado”, informó a EL DEBER Radio, el ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Iván Lima.
Al final de la tarde del viernes, el vicepresidente del ente electoral, Francisco Vargas, salió ante los medios a informar que la Sala Plena aprobó el informe técnico de evaluación técnica del Servicio de Fortalecimiento Democrático (Sifde) sobre las cuatro preguntas que presentó el mandatario boliviano.
En dicho documento, el TSE observó que ninguna de las cuatro preguntas cumple los tres principios de claridad, precisión e imparcialidad.
En el caso de la pregunta 4, relativa a los escaños, el TSE dice que, así como está redactada, “no corresponde a la realización de un referéndum por iniciativa presidencial, sino un referéndum constitucional aprobatorio convocado, por iniciativa popular o a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional”.
Al respecto, Lima subrayó que el referéndum que plantea Arce “no es una reforma constitucional”, aunque esa era la intención original del mandatario cuando hizo el anuncio el 6 de Agosto, por eso acudió primero al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para pedirle que declare inconstitucional dos artículos de dos leyes: el segundo párrafo del artículo 23 de la ley 026 de Régimen Electoral, y el artículo 152 del Código de Procedimiento Constitucional.
Estos dos puntos dicen que la convocatoria a un referéndum para modificar la CPE, solo es a través de la iniciativa popular o por ley de la Asamblea Legislativa. No menciona al presidente del Estado.
Si el TCP, instancia que el 16 de julio, admitió la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta que presentó el diputado arcista Juan Jáuregui, hubiera declarado que esos artículos son inconstitucionales, Arce hubiera llamado a un referéndum constitucional.
“Siempre hemos señalado que no estábamos haciendo una reforma constitucional, o iniciando un procedimiento de reforma por las dificultades que se han presentado en los tiempos de decisión del Tribunal Constitucional”, agregó la autoridad.
Ahora, lo que procede es que el equipo jurídico del Ejecutivo está trabajando para reformular las tres preguntas que quedan para que las mismas tengan claridad, precisión e imparcialidad.
“De acuerdo con el procedimiento corresponde que remitamos las mismas, con los ajustes sugeridos, al Tribunal Constitucional, instancia que legalmente tiene 15 días para definir. Si toma los 15 días no llegaríamos al plazo máximo que tenemos que es el 31 de agosto, por lo cual exhortamos públicamente al Tribunal Constitucional que pueda tomar un plazo menor y tener una respuesta de ellos, la próxima semana”, explicó Lima.
Es así que se mantienen las preguntas sobre el articulo 168 de la Constitución Política que se refiere a la reelección presidencial, las consultas 2 y 3 si se debe mantener o no la subvención a la gasolina y diésel, siempre y cuando el TCP en su control de constitucionalidad determine que las mismas proceden.