Los partidos tiene seis meses más para ajustarse a la normativa. Habrá sanciones para aquellas que no avanzaron en el proceso

21 de octubre de 2023, 18:34 PM
21 de octubre de 2023, 18:34 PM

El plazo para renovar las direcciones de las organizaciones políticas se extiende por seis meses más. La decisión asumida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) incluye sanciones para aquellas que no avanzaron alguna acción determinada para renovar las directivas. Incluso, se exponen a perder su personalidad jurídica.

“La Sala Plena del TSE determinó ampliar el plazo de 180 días para que las organizaciones políticas elijan sus directivas, de acuerdo a sus estatutos y la Ley 1096; también se decidió sancionar a las organizaciones que no comunicaron o acreditaron alguna acción al respecto”, informó el vocal Francisco Rodríguez.

La renovación de directivas está estipulada en la ley de Organizaciones Políticas. Con esta nueva ampliación, son ya tres oportunidades en las cuales se modificó la fecha. Anteriormente, se comunicó una medida similar el 16 de abril y el 13 de octubre de 2022.

“En virtud a que distintas organizaciones políticas no efectuaron la renovación/elección de sus directivas y en consideración de que las mismas han acreditado acciones para dar cumplimiento al objeto” se amplía el plazo, establece un comunicado del ente electoral.

Este sábado 21 de octubre fenecía el plazo para que las organizaciones políticas cumplan con su obligación de renovar sus directivas.

La resolución del TSE advierte de las sanciones que pueden recaer en aquellas organizaciones que no cumplan con el cometido. En el comunicado establece que las organizaciones políticas que no comunicaron o acreditaron alguna acción o medida verificable para la renovación de sus directivas o la adecuación de sus estatutos internos son susceptibles de un proceso por el incumplimiento de resoluciones del Tribunal Supremo Electoral.

Asimismo, el TSE exhortó a las organizaciones políticas con personalidad jurídica vigente a realizar los actos exigidos por norma, para evitar la aplicación progresiva de sanciones previstas en el reglamento, que podría determinar la cancelación de la personalidad jurídica como prevé la Ley 1096 de Organizaciones Política.