La línea aérea presentó una nota a las autoridades que regulan la aviación comercial en el país, solicitando la devolución de matrículas y certificado de aeronavegabilidad para poder reorganizar el itinerario de vuelos

17 de agosto de 2023, 12:03 PM
17 de agosto de 2023, 12:03 PM

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) dice que la tutela de Amparo Constitucional en favor de la aerolínea Amaszonas establece no dar curso a la reposición de matrículas hasta que no se consiga el consentimiento del dueño de las aeronaves.

Ello después de que el Tribunal de Garantías Constitucionales Tercero de El Alto declarara procedente la acción de amparo constitucional interpuesta por Amaszonas. “Las partes intervinientes están en franca confrontación, la autoridad náutica lo único que hace es registrar la voluntad de estas partes en un contrato administrativo. La ley 2902, define que debe haber un contrato de arrendamiento vigente”, aseveró el director ejecutivo de la DGAC, José García.

 Cabe recordar que el 31 de julio, la DGAC notificó a Amaszonas la desmatriculación de las aeronaves, CP-3145, CP- 3142, CP-3135 y CP3171, de propiedad de la empresa irlandesa GY Aviation Lease 1816 Co. Limited, con quienes la compañía aérea privada tiene una deuda de $us 17 millones.

Según, el abogado y especialista en transporte terrestre y aéreo, Álvaro Munguía, el fallo judicial no repone las matrículas de las aeronaves y manda a la DGAC enmendar la comunicación administrativa -carta de rescisión del contrato- entre las partes privadas el lessor (arrendador) y Amaszonas (arrendatario).

 “Me parece una resolución bastante ‘extraña’ y excesiva de la autoridad judicial por cuanto el procedimiento administrativo de comunicación no está contemplado en la normativa porque hay una relación privada entre partes, además de que la DGAC notificó en junio a Amaszonas la resolución del contrato”, afirmó Munguía.

Respecto al tema del contrato, en criterio del especialista, no existe una escritura entre el lessor y Amaszonas y al no existirlo no hay arrendamiento y, por tanto, no puede Amaszonas inscribir o tener matrículas de aeronaves que no tienen un contrato de respaldo.

“Si no existe contrato entre ambas empresas no puede haber matrículas, dijo.

Desmatriculación vigente

Ayer, la DGAC divulgó un comunicado en el que da cuenta de que el fallo ha concedido, en parte, la tutela de la acción de amparo promovido por Amaszonas y el mismo denegó la acción sobre la vulneración al derecho al trabajo y falta de motivación, disponiendo se enmiende la comunicación administrativa entre partes (arrendador y arrendatario), reconociendo fundamentalmente el derecho propietario de los dueños de las aeronaves, concordante con las normas suscritas por el Estado Plurinacional de Bolivia.

 “La DGAC reafirma su compromiso con la vigilancia de la seguridad operacional de las actividades aeronáuticas civiles en Bolivia”, se advierte en el comunicado.

Por la mañana, en contacto con medios paceños, el director de la DGAC, José García, manifestó que, en tanto no se enmienden temas administrativos entre arrendador y arrendatario, la suspensión de matrículas de los cuatro aviones de Amaszonas se mantiene vigente.

 Devolución de matrículas

Desde Amaszonas, el gerente general de la aerolínea privada, Dardo Gómez, afirmó que el amparo constitucional que interpuso la aerolínea salió procedente a favor de Amaszonas, y de acuerdo a su lectura, este fallo establece que las matrículas de los aviones están vigentes.

De acuerdo con el ejecutivo, ayer presentaron una nota que enviaron a las autoridades que regulan la aviación comercial en el país, solicitando la devolución de las matrículas y el certificado de aeronavegabilidad para poder generar una reorganización del itinerario. Este tema se les ha salido de las manos a las autoridades por el mal manejo”, puntualizó.