El plazo para la designación del nuevo Fiscal General vence el 22 de octubre. Hay 10 nombres de candidatos mejor calificados

18 de octubre de 2024, 17:53 PM
18 de octubre de 2024, 17:53 PM

Pocos minutos después de que los funcionarios de la comisión mixta de Justicia Plural entregaran a la Vicepresidencia la lista de los mejores calificados, postulantes al cargo de Fiscal General del Estado, el vicepresidente, David Choquehuanca, convocó a sesionar, desde las 15:00 del lunes 21, para designar a la nueva autoridad del Ministerio Público.


“El presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, jilata David Choquehuanca Céspedes, convoca a las senadoras, senadores, diputadas y diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a la instalación de la décima segunda sesión ordinaria de la legislatura 2023-2024, a realizarse el día lunes 21 de octubre, a horas 15:00”, señala la convocatoria publicada este viernes.


Al mediodía de este viernes los miembros de la comisión mixta de Justicia Plural convocaron a una sesión de urgencia porque se levantó la medida cautelar que pesaba contra el proceso. Sin demoras decidieron aprobar la nómina de las 10 mejores notas y remitieron ese informe y el trabajo realizado a la presidencia de la Asamblea.


El procedimiento


De acuerdo con los artículos 38 y 39 de la ley 1579, que regulan la preselección y elección del nuevo Fiscal General, la Vicepresidencia tiene 48 horas para convocar a sesión de Asamblea después de recibir el informe y 10 días para la designación de la nueva autoridad.


La Constitución Política del Estado (CPE) señala que la designación será por el voto de dos tercios de los miembros presentes de la Asamblea; la sesión ya está convocada y tendrá que someterse a votación el informe y la lista final de candidatos.


La elección será del siguiente modo: “Si en la primera votación de la sesión no se obtiene el número necesario para la designación de la o el Fiscal General del Estado, se dará paso a una siguiente votación. Se excluirán de las boletas de votación a quienes no hayan recibido una votación de al menos 20 asambleístas”, señala el parágrafo III del artículo 38.


De esta manera se irán descartando a los menos votados, cada que se vaya a una nueva vuelta, y aplicarán ese método hasta que uno de los postulantes logre los dos tercios de voto.