¿Cuál es el procedimiento para revocar a las autoridades en el país?
Presentamos la información en 10 pasos
Este jueves, en conferencia de prensa, el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Francisco Vargas explicó cuáles son los pasos para revocar a las autoridades en el país.
1.- Los ciudadanos deben presentar una serie de requisitos que, de ser cumplidos, recibirán -mediante una resolución- la autorización para recolección de firmas y huellas de adhesión a la iniciativa del revocatorio de mandato de una autoridad nacional, departamental o municipal.
2.- Los impulsores de una iniciativa de revocatorio, al ser notificados recibirán el formato de libro que deberán imprimir y deberán ser abiertos por un notario de fe pública. Para ello disponen de 90 días.
3.- En ese plazo, los promotores deberán reunir la cantidad de firmas y huellas que correspondan, según si se trata de una autoridad nacional, departamental o municipal. En los dos primeros casos, son el 25 %, mientras que, en el segundo, 30%. Al término deberán presentar los libros ante el TSE.
4. a) Si la cantidad de firmas y huellas no llega al mínimo, el trámite será archivado.
4. b) Si las firmas y huellas superan el mínimo requerido, el TSE dispondrá de 60 días para efectuar la verificación de que esas firmas y huellas correspondan efectivamente a ciudadanos inscritos en el padrón electoral biométrico, que además vivan en la circunscripción donde se pretende realizar la revocatoria del mandato.
5.- Vencido este plazo el Tribunal Supremo Electoral consolidará todas las solicitudes que hubieran cumplido con lo requerido por ley y las remitirá a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
6.- La Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante una ley, emitirá la convocatoria para referéndum de revocatoria de mandato.
7.- El TSE, por su parte, emitirá el calendario electoral en el que fije la fecha -un solo día- para todos los municipios o todas las autoridades que vayan a ser sometidas a la consulta ciudadana. Además, según la norma, determinará el presupuesto requerido para la organización, administración y ejecución del proceso revocatorio, que será cubierto por los Gobiernos departamentales y municipales, según corresponda.
8.- Se realiza la votación en la fecha propuesta
9.- Para ser válidos los resultados de la revocatoria de mandato, habrá tenido que participar el 50% más 1 de los inscritos en la circunscripción electoral.
10.- La revocatoria del mandato se producirá solo si el número de votos válidos emitidos a favor de la revocatoria es superior al número de votos válidos emitidos en contra. Y si el número y el porcentaje de los votos válidos a favor de la revocatoria es superior al número y el porcentaje de votos válidos con los que fue elegida la autoridad.