Presentamos la información en 10 pasos

30 de noviembre de 2023, 20:30 PM
30 de noviembre de 2023, 20:30 PM

Este jueves, en conferencia de prensa, el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Francisco Vargas explicó cuáles son los pasos para revocar a las autoridades en el país.

1.- Los ciudadanos deben presentar una serie de requisitos que, de ser cumplidos, recibirán -mediante una resolución- la autorización para recolección de firmas y huellas de adhesión a la iniciativa del revocatorio de mandato de una autoridad nacional, departamental o municipal.

2.- Los impulsores de una iniciativa de revocatorio, al ser notificados recibirán el formato de libro que deberán imprimir y deberán ser abiertos por un notario de fe pública. Para ello disponen de 90 días.

3.- En ese plazo, los promotores deberán reunir la cantidad de firmas y huellas que correspondan, según si se trata de una autoridad nacional, departamental o municipal. En los dos primeros casos, son el 25 %, mientras que, en el segundo, 30%. Al término deberán presentar los libros ante el TSE.

4. a) Si la cantidad de firmas y huellas no llega al mínimo, el trámite será archivado.

4. b) Si las firmas y huellas superan el mínimo requerido, el TSE dispondrá de 60 días para efectuar la verificación de que esas firmas y huellas correspondan efectivamente a ciudadanos inscritos en el padrón electoral biométrico, que además vivan en la circunscripción donde se pretende realizar la revocatoria del mandato.

5.- Vencido este plazo el Tribunal Supremo Electoral consolidará todas las solicitudes que hubieran cumplido con lo requerido por ley y las remitirá a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).

6.- La Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante una ley, emitirá la convocatoria para referéndum de revocatoria de mandato.

7.- El TSE, por su parte, emitirá el calendario electoral en el que fije la fecha -un solo día- para todos los municipios o todas las autoridades que vayan a ser sometidas a la consulta ciudadana. Además, según la norma, determinará el presupuesto requerido para la organización, administración y ejecución del proceso revocatorio, que será cubierto por los Gobiernos departamentales y municipales, según corresponda.

8.- Se realiza la votación en la fecha propuesta

9.- Para ser válidos los resultados de la revocatoria de mandato, habrá tenido que participar el 50% más 1 de los inscritos en la circunscripción electoral.

10.- La revocatoria del mandato se producirá solo si el número de votos válidos emitidos a favor de la revocatoria es superior al número de votos válidos emitidos en contra. Y si el número y el porcentaje de los votos válidos a favor de la revocatoria es superior al número y el porcentaje de votos válidos con los que fue elegida la autoridad.