El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) publicó una resolución normativa de directorio que reglamenta la reducción temporal de pago de servicios como el de electricidad, agua potable y gas domiciliario,  del Decreto Supremo N° 4206 emitido por el Gobierno para disminuir los efectos económicos de la pandemia del coronavirus en la población del país, según informó el SIN en un comunicado de prensa.


La resolución alcanza a las empresas distribuidoras de energía eléctrica de las categorías domiciliaria y/o residencial, las empresas de servicios públicos con seguimiento regulatorio y/o registro que prestan servicio de agua y saneamiento básico a la categoría domiciliaria, y las empresas que prestan el servicio de distribución de gas natural por redes de uso domiciliario a la categoría doméstica, en abril, mayo y junio de 2020.

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Descuentos 

Las empresas distribuidoras de energía eléctrica incluirán en su sistema de facturación espacios para la aplicación de los beneficios establecidos por el Gobierno.


Por tanto, en la factura los descuentos se aplicarán sobre la leyenda “Monto del valor del servicio”; y los campos señalados se expondrán de la siguiente forma: “Monto de valor del servicio (o el término que utilice)”, “Menos Descuento Ley Nº 1886”, “Menos % DES. DOM.” e “Importe base válido para crédito fiscal”.


Las personas interesadas en conocer en detalle el contenido de la resolución pueden ingresar a la página web del SIN (www.impuestos.gob.bo), donde con solo pulsar en el pop-up (ventana emergente) accederán a esa información.


También pueden hacer clic en el ícono “Normativa Tributaria” y luego en “Resolución Normativa de Directorio”.


Además, el SIN publicó dicha resolución en medios de comunicación de circulación nacional con la intención de llegar al mayor número de contribuyentes y el público en general.