Miguel Gallardo Ardaya

Las FFAA, y la Policía, al igual que el clero, tienen una estructura organizacional y tradicional muy antiguas y similares; con sus propias tradiciones, ritos, símbolos y grados, que distinguen a sus miembros desde hace milenios. En la antigua Roma podemos encontrar ambos Institutos -milicia e iglesia-, con tan solo ver la vestimenta de sus miembros se podía advertir si se trataba de un Soldado o un General Romano; lo propio con los obispos o Cardenales, de este último, sí en la vestimenta resalta el color púrpura es señal que se está, ante un príncipe de la iglesia.

La carrera militar/policial, llega al grado de coronel, para los ascensos a oficiales generales, la propuesta y ratificación del ascenso es a través instancias políticas/legislativas, que sigue un riguroso proceso en el Departamento de Personal en cada Fuerza, posteriormente, son elevados a la instancia administrativa, Ministerio de Defensa o Gobierno, según corresponda, posteriormente el presidente del Estado, ejerciendo la atribución del Art. 172.19 CPE, remite al Senado para que en esta única instancia, ratifique la propuesta presentada por el Ejecutivo, así de simple.

El 21 de mayo de 2020, en la era de Jeanine Áñez (sucesión forzada) se generó un -roce- institucional entre el Senado y los "purpurados" de las FFAA, esperaron 5 meses para que el Senado, cumpla con su atribución prevista en el 160.8 de la CPE, es decir "ratificar" mediante Resolución Camaral los ascensos de los -príncipes de las FFAA, de una vereda a otra de la Plaza Murillo se lanzaron dardos, por un lado, los militares dijeron que el tema era institucional, exigieron respeto y lanzaron un ultimátum para que el Senado otorgue la resolución que les habilitaría para imponer las estrellas doradas, a quienes según la calificación realizada por el tribunal de personal de cada fuerza serán acreedores a este alto grado después de más de 30 años de “servicio al Estado”, el Senado no consideró los ascensos. Áñez, los ascendió por decreto, aspecto que, no fue ratificado por el Senado y se ha generado un limbo jurídico en esos ascensos.

En la actualidad el Senado y la Comisión de Gobierno y FFAA, han demorado el tratamiento de los ascensos a generales, tal es el caso de la Policía Boliviana que, en este septiembre, recién realizó la aprobación de los ascensos al grado de oficiales generales, porque existían algunas observaciones a alguno de los postulantes. Es recurrente que, en cada proceso y en cada gestión se presenten observaciones y denuncias, las mayorías infundadas con el único interés de sacar a alguien para que pueda subir el que sigue en la lista, es una pelea interna de la misma promoción. En el caso de la Policía, antes del 80, el máximo grado era llegar coronel, el dictador García Mesa, fue quien concedió el grado de general a la Policía, seguramente, para que ellos también sostengan su paso por Palacio, ya en los años de la democracia, ascendían 3 oficiales por promoción, estaban 1 año en el cargo y de ahí subía otra tanda, sin embargo, la Policía ha logrado equilibrar jerarquía con las FFAA, (por supuesto que con roles diferentes) también tienen conformado el Alto Mando Policial y existe la carrera de generales de la Policía, extremo que era necesario legislar.

Ahora bien, el Senado, lo único que puede hacer es "ratificar" el ascenso a generales de las FFAA y de la Policía, lejos quedó la facultad que tenían de aceptar "o negar" el ascenso, puesto que la Constitución de 1967 y las reformas del 1994/2004, en el numeral 9 del artículo 66, establecía como atribución del Senado: “…Aceptar o negar, en votación secreta, los ascensos a general de Ejército, de Fuerza Aérea, de División, de Brigada, a Contraalmirante, Almirante y Vicealmirante de las Fuerzas Armadas de la Nación, propuestos por el Poder Ejecutivo…” ésta atribución fue cercenada al Senado, por el mismo Congreso en el año 2008, cuando se constituye ilegalmente en Congreso Constituyente, después del fracaso de la Asamblea Constituyente de 2006-2007,  pero esa es otra historia.

El origen para quitar esa atribución al Senado, nació en la Constituyente, por el propio MAS que el 2006-2009, no controlaba el Senado, hecho que impidió que esos periodos varios aspirantes a generales pasaron a la reserva como coroneles. También modifican la composición tradicional del Senado -3 por departamento- cuya distribución eran 2 para el partido que haya obtenido el primer lugar y 1 para el segundo; a 4 por Dpto., con una ecuación para la distribución que en algunos casos el partido gobernante se alzaba con los 4 senadores por departamento; sabían que no podían volver a tener al Senado en contra; sin embargo, sí los cálculos fallaban, se determinó quitar la facultad al Senado para ‘negar’ el ascenso de los generales; tal como había sucedido en la gestión de 2006-2009, sin que ningún Senador de esa época haya objetado o cuestionado la redacción del texto Constitucional, negociado, por Tuto Quiroga y Oscar Ortiz ¡así que hora toca aguantarse!.

Al respecto, el núm. 8 del Art. 160 de la Constitución, establece: “…Ratificar los ascensos, a propuesta del Órgano Ejecutivo, a General de Ejército, de Fuerza Aérea, de División y Brigada; a Almirante, Vicealmirante, Contraalmirante y General de la Policía Boliviana…” consecuentemente, el Senado no puede negar o rechazar los ascensos propuestos por el Órgano  Ejecutivo, ha perdido esa facultad desde la aprobación del texto Constitucional en vigencia desde el 9 de febrero de 2009, en caso de mantener es postura; bien podrían adecuar su conducta al tipo penal previsto el 154 CP., que en un futuro cercano puede constituirse en obstáculo para quienes tengan aspiraciones electorales el 2025; en una Acción de Cumplimiento, cualquier tribunal de Garantías con una interpretación lectura adecuada, tutelaría derechos y obligaría a que al Senado a ratificar los ascensos, que en caso de no cumplimiento, también establecería la responsabilidad penal de los senadores; siempre hubo demoras, pero no al extremo de hoy. No debería utilizarse este tema para demostrar fuerza política. La seguridad interna y externa del País, requiere de certeza institucional para ejercer cargos de alta responsabilidad. Se trata simplemente de cumplir la Constitución y quienes deben ser los primeros en cumplirlas y demostrar con el ejemplo, son justamente los legisladores. Senadores, la CPE, les manda y obliga a ‘ratificar’ los ascensos remitidos por el presidente, les guste o no ‘dura lex, sed lex’.

¿Los Senadores, se arriesgan innecesariamente a un proceso por Incumplimiento de Deberes?  Toca cumplir la CPE…