El viernes 4 de octubre de 2024, la Comisión Interamericana de Derechos Humamos (CIDH) presentó oficialmente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso 13.546 de Bolivia que refiere al asalto policial al hotel Las Américas que ocurrió durante el gobierno de Evo Morales en el que perdieron la vida tres personas por armas de fuego.
En su Informe de Fondo 394/21, la CIDH remarca la falta de investigación y esclarecimiento sobre la muerte del ciudadano irlandés Michael Dwyer, y atribuyó al Estado la responsabilidad por su muerte.
Además, concluyó que los actos cometidos contra los ciudadanos Mario Tadic, Elod Tóásó, Juan Carlos Guedes y Alcides Mendoza constituyeron en tortura y violaron su derecho a la integridad personal.
La CIDH también subrayó que sus detenciones fueron ilegales y arbitrarias, ya que no se les informó de las razones ni se les presentó ante una autoridad judicial de manera oportuna, según el comunicado que el mismo organismo emitió.
El 11 de abril de este 2024, la Procuraduría General del Estado presentó un informe del grado de cumplimiento a las recomendaciones de la CIDH. Sin embargo, la Comisión determinó llevar este caso hasta la Corte y recomendó al Estado reparar las violaciones de derechos humanos mediante compensación económica y medidas de satisfacción para reparar tanto el daño material como inmaterial.
En julio de este año, la CIDH rechazó la solicitud del Gobierno boliviano para extender una prórroga a fin dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas en el caso 13.546. A raíz de ello, la Procuraduría, comandada en ese momento por el actual ministro de Justicia, César Siles, anunció que se asumirá la defensa y aclaró que este juicio fue iniciado contra el Estado Plurinacional de Bolivia y no contra una persona particular, ni contra el expresidente Evo Morales, entre otras autoridades de Gobierno del año 2009
Recomendaciones de la CIDH
1.- La Comisión recomendó al Estado las siguientes medidas de reparación: Reparar las violaciones de derechos humanos mediante compensación económica y medidas de satisfacción para reparar tanto el daño material como inmaterial.
2.- Implementar medidas de atención en salud física y mental para la rehabilitación de las víctimas.
3.- Realizar una investigación penal diligente y efectiva dentro de un plazo razonable para esclarecer los hechos, identificar responsabilidades y aplicar las sanciones correspondientes, de forma cumpla con los estándares de debida diligencia y el Protocolo de Estambul en casos de tortura.
4.- Adoptar medidas para prevenir futuros incidentes similares, a través de la implementación de programas permanentes de formación en derechos humanos dirigidos a la policía, el Ministerio Público y la Judicatura.
El caso
El 16 de abril de 2009, la extinta Utarc, un grupo de élite de la Policía Boliviana, tomó por asalto ese centro de hospedaje que está en el centro de Santa Cruz y ejecutó a los extranjeros Eduardo Rózsa-Flores, Árpád Magyarosi, y Michael Dwyer. En aquel entonces, Evo vinculó el caso con un plan separatista y terrorista.
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Según el procurador Siles, un criterio técnico estableció que la compensación económica por la muerte de una persona sería de sólo “500 mil a 600 mil dólares como máximo” y por las torturas o vejaciones, 100 mil dólares.