Tras la denuncia de los diplomáticos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Ministerio de Relaciones Exteriores respondió este lunes que “la justicia constitucional resolvió que las decisiones sobre el personal de Cancillería se enmarcan en la ley”.

El Tribunal Constitucional determinó, mediante los fallos SCP N° 1189/2022-S4 de 19 de septiembre de 2022 y SCP N°1258/2022-S4 de 26 de septiembre de 2022, que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia procedió de acuerdo a las leyes en vigencia, para desvincular a funcionarios que fueron designados por libre nombramiento, que no tenían un estatus de servidores con carrera institucional, informó el director jurídico de la Cancillería, Bernardo Ortiz Cortez. según un comunicado de dicha instancia gubernamental.

Todas las desvinculaciones que se realizaron en el Ministerio de Relaciones Exteriores estuvieron enmarcadas en la normativa vigente y tomando en cuenta la situación particular de cada persona”, afirmó Ortiz.

Este pronunciamiento surge después de que diplomáticos de carrera demandaran al Estado boliviano ante la Comisión Interamericana, por siete millones de dólares, porque aseguran que fueron despedidos de su fuente laboral por el actual canciller Rogelio Mayta y que ahora no pueden conseguir trabajo debido a que formarían parte de “listas negras”.   

El Director Jurídico de la Cancillería señaló que estas personas tienen la libertad de acudir a todas las instancias jurídicas, sean nacionales o internacionales, para hacer valer sus derechos si consideran que han sido vulnerados.

Pero, indicó que la Comisión acepta demandas contra Estados por supuesta vulneración de derechos, no en contra de personas individualizadas y que, ante eso, Bolivia responderá de manera oportuna, según el comunicado.

“Consideramos que en el caso presente el Ministerio de Relaciones Exteriores ha obrado conforme a las prerrogativas establecidas en la Ley, así lo ha señalado en una serie de pronunciamientos emitidos por Tribunales de Garantías que han sido ratificados por el Tribunal Constitucional Plurinacional”, insistió. 

Detalló que hasta ahora se han conocido dos sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional que, según su versión, dejan establecido que los exservidores públicos no formaban parte del escalafón diplomático porque no contaban con una evaluación del Consejo Evaluador y Calificador de Méritos, establecido por la Ley 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia.

Además, indicó que, en 2020, durante el periodo de “ruptura constitucional”, intentaron implementar un escalafón diplomático que no era inclusivo y que no respetaba derechos básicos como la igualdad, a través del Decreto Supremo 4240, que luego fue declarado inconstitucional mediante la Sentencia 16/2020 del Tribunal Constitucional.

Por tanto, “es importante aclarar que actualmente en la Cancillería no existen servidores públicos con carrera diplomática. En la actual gestión se está trabajando en un escalafón diplomático que sea inclusivo y pueda dar la oportunidad a cualquier ciudadano o ciudadana de trabajar por su país en el servicio exterior o en las oficinas centrales del Ministerio de Relaciones Exteriores”, enfatizó.

No obstante, el diplomático Javier Viscarra, en representación de sus colegas, afirmó que, hace más de dos años, el canciller Rogelio Mayta despidió a casi al 100% de los diplomáticos de carrera del servicio exterior boliviano sin ningún proceso legal como exige la ley y que “después, más adelante, cubrió su ilegal acción señalando de que no existe carrera diplomática”.

Viscarra añadió que, por eso, después de más de dos años y tras agotar la vía jurídica interna, “los diplomáticos de carrera han presentado, hace algunas horas, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, una demanda por violaciones a los derechos humanos, justamente, identificando al canciller Rogelio Mayta y a magistrados del Tribunal Constitucional como autores de la violación de mandatos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

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