La orden de aprehensión en contra del expresidente Evo Morales fue anulada porque ha sido emitida por el delito de “estupro” y no por “trata y tráfico de personas” como había iniciado el proceso investigativo, según la Fiscalía.​

“La comisión de fiscales asignada al caso (en Tarija), bajo la supervisión de la exfiscal departamental Sandra Gutiérrez, emitió la orden de aprehensión por un delito diferente al que inicialmente se investigaba, lo que generó defectos procesales y permitió que, en una audiencia Acción de Libertad, la autoridad jurisdiccional concediera tutela, declarando la nulidad de la orden de aprehensión, este es un hecho grave, que no debió haber ocurrido”, dijo Alejandra Rocha, directora de la Fiscalía Especializada en Delitos en Razón de Género y Juvenil.

El pasado 2 de octubre se conoció que la Fiscalía de Tarija había emitido una orden de aprehensión en contra de Morales dentro de una investigación por la presunta comisión del delito de “trata de personas con agravante” porque supuestamente, cuando era presidente, embarazó a una menor de 15 años (de iniciales C. S. V. P.).

Sin embargo, dicha orden de captura de Morales no se ejecutó porque, ese mismo día, la jueza de Santa Cruz, Lilian Moreno, la dejó sin efecto e incluso la ahora exfiscal departamental de Tarija, Sandra Gutiérrez, que impulsaba el proceso penal, fue despedida de su trabajo. Gutiérrez denunció el propio fiscal general del Estado, Juan Lanchipa, la presionó para dejar este caso.

Sin embargo, “la tramitación de este proceso continúa en etapa preliminar, en ningún momento se ha detenido la investigación, tampoco se descarta la posible recalificación del delito conforme se vayan obteniendo mayores elementos probatorios dentro de este proceso penal”, agregó Rocha.

Según una nota informativa de la Fiscalía General del Estado, “actualmente el caso continúa abierto en la Fiscalía Departamental de Tarija, donde se realizan los actuados investigativos correspondientes y la autoridad jurisdiccional declaró la reserva del caso por diez días con la finalidad de precautelar los derechos y garantías de la víctima”.

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