El abogado Martin Camacho contradijo al ministro Del Castillo. Sostuvo que el expediente del caso Golpe I continúa en el Juzgado Primero Anticorrupción de La Paz y que no se ha emitido ninguna notificación

8 de abril de 2024, 18:25 PM
8 de abril de 2024, 18:25 PM

Desde la declaración de “persona no grata”, que pudo ser emitida contra Luis Fernando Camacho desde la cárcel de Palmasola, o que la Policía no pueda garantizar su seguridad, así como la imposibilidad de su traslado por otras audiencias en La Paz, son parte de los siete argumentos esgrimidos por el Gobierno para evitar que el gobernador detenido sea trasladado a Santa Cruz en cumplimiento de una orden judicial.  

“Hace un par de días ya se ha sorteado el caso golpe de Estado I, ya tiene un tribunal de sentencia y ya va iniciar su juicio correspondiente. Por tanto, al tener dos juicios en dos ciudades distintas separadas por 1.000 kilómetros lineales (…) no podemos trasladar todos los días al señor Luis Fernando Camacho de un centro penitenciario a otro”, explicó, este lunes, el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo.

La autoridad esgrimió, de este modo, el último argumento del Gobierno para evitar este traslado que fue instruido por la Justicia hace ya unos dos meses en el contexto de la apertura del caso “Decretazo” que debe ventilarse en Santa Cruz de la Sierra.

La defensa Camacho calificó de “mentira” a esta nueva postura, puesto que no existe fecha para el inicio del juicio por el caso Golpe I y que no fueron notificados ni Camacho ni las otras personas acusadas en este proceso.

Niegan traslado de Luis Fernando Camacho, por segunda vez

Es la segunda vez que Del Castillo y funcionarios de Régimen Penitenciario niegan el traslado de Camacho a Santa Cruz de la Sierra, donde se reprogramó por segunda vez también, la audiencia por el caso “decretazo”, que hace referencia a la emisión del Decreto Departamental número 373 en 2022, norma presuntamente irregular.

Luis Fernando Camacho
Luis Fernando Camacho


¿Cuáles son los 7 argumentos del Gobierno para no trasladar a Luis Fernando Camacho a Santa Cruz?

El 11 de marzo, la primera vez que negaron el traslado de Camacho, el gobierno mediante Régimen Penitenciario, argumentó unas seis razones para evitar su traslado.

1.- Que las medidas de seguridad en el traslado de Camacho para la audiencia pueden ser vulneradas por grupos afines a la autoridad, lo que pondría en riesgo su vida e integridad física, de los policías y de la población en general.

2.- Que los reclusos de Palmasola emitieron voto resolutivo de rechazo y declararon a Fernando Camacho como “persona no grata”, lo que fue calificado como “un riesgo latente y vulnerable a la seguridad física del mismo”.

3.- Según la Policía “grupos al margen de la ley” pueden amenazar al personal de Palmasola donde debe permanecer Camacho.

4.- La cárcel de Palmasola no tiene ambientes ni equipos de salud, y menos especialistas, para atender el tratamiento del gobernador Luis Fernando Camacho.

5.- La sola presencia de Luis Fernando Camacho en el departamento de Santa Cruz, según la Policía puede generar una “alta probabilidad de inicio de una convulsión social por parte de grupos radicales que son afines al mismo, consecuentemente su traslado a dicho departamento no es viable, desde el punto de vista estratégico, táctico y operacional, al considerarse de alta peligrosidad, por la probabilidad de generarse un conflicto social”, dice el reporte.

6.-Según el Gobierno en la cárcel de Chonchocoro de Viacha, se garantiza que el gobernador Fernando Camacho, asista a todas sus audiencias judiciales de forma virtual.

Y la última:

7.- El Gobierno, a través de su ministro Del Castillo, indicó que debido a que Luis Fernando Camacho tiene dos juicios en dos diferentes ciudades, distantes entre sí, no se lo puede "trasladar todos los días".


La defensa ve mentiras

Al respecto, el abogado Martín Camacho, que es defensa de Gobernador de Santa Cruz, afirmó a EL DEBER que el último argumento de Del Castillo sobre la supuesta instalación de otra audiencia por el caso “golpe I” es una mentira y totalmente falso”. Además, aseguró que no existe ningún impedimento jurídico para que el director de Chonchocoro, mayor Marco Gonzáles, cumpla la orden judicial que se emitió por segunda vez el 31 de marzo.

“El Ministro de Gobierno miente. Está acostumbrado a mentir a la población desinformando y amedrentando. Es totalmente falso que se tenga programada una fecha de inicio para lo que se ha denominado el caso golpe I”, aseveró el abogado Camacho a este medio.

Explicó que en ese tema se ha presentado una acusación, pero “ni siquiera el expediente ha sido remitido a un tribunal de sentencia. El expediente, que consta de más de 72 cuerpos procesales, continúa radicando en el Juzgado Primero Anticorrupción del juez Elmer Laura. Eso lo he constatado este lunes en horas de la mañana”.

El abogado Camacho, explicó además que para que pueda señalarse una fecha y hora de audiencia de juicio oral se deben cumplir tres requisitos: Primero que sea remitido a un tribunal de sentencia, “que no ha ocurrido hasta el momento”.

Segundo, que el caso sea radicado por ese tribunal de sentencia y que se notifique con la acusación del Ministerio Público a todos los denunciantes, entre ellos a Lidia Patty, al Ministerio de Gobierno y a la Procuraduría General del Estado.

“Luego de esta notificación, si estos sujetos procesales deciden presentar sus acusaciones se debe notificar a todos los acusados”, explicó Camacho.

Entre las personas acusadas en el caso “golpe I” están: el gobernador cruceño Luis Fernando Camacho; la expresidenta Jeanine Añez; el líder cívico Marco Pumari, pero además cinco acusados, entre ellos en exministro de Defensa Fernando López, las exautoridades policiales y militares Yuri Calderón, Williams Kalimán y Sergio Orellana.

Estos últimos, desde el exministro López se encuentran declarados rebeldes y se desconoce su paradero oficial. Y, de acuerdo con el procedimiento, estas personas van a tener que ser convocadas mediante edictos de prensa.

“Con suerte y si todas las diligencias empezaran a hacerse el día de hoy, aproximadamente en 60 días podríamos tener un auto de apertura del juicio que señale además una fecha y una hora para el inicio del juicio en el mal llamado caso golpe I”, indicó el abogado Camacho.

¿Qué pasa si no trasladan a Camacho?

En caso de que el mayor Gonzáles, director de Chonchocoro no cumpla por segunda vez la orden judicial, según el abogado Camacho, el funcionario policial incurrirá en dos tipos penales: incumplimiento de deberes y desobediencia de resoluciones judiciales.

“Pero además todo aquel que impida de una manera u otra, como el Ministro de Gobierno con sus declaraciones, pese a que él no tiene competencia en esto, estaría haciendo uso indebido de influencias, que también es una conducta delictiva. Estamos hablando de la comisión de hechos delictivos”, sostuvo Camacho.

Creemos ve secuestro

Para el jefe de bancada de Creemos en la Cámara de Diputados, Erwin Bazán, la acción de impedir el traslado de Camacho a Santa Cruz, además de la comisión de los delitos señalados por el abogado Camacho, viola su derecho a la legítima defensa y el principio de legalidad.

Tomando en cuenta todos esos hechos ,desde la “aprehensión absolutamente irregular”, el 28 de diciembre de 2022, hasta los incumplimientos de órdenes judiciales, se ratifica que el Gobernador de Santa Cruz es un “secuestrado político” del gobierno del presidente Luis Arce.

“El gobernador Luis Fernando Camacho es un secuestrado del gobierno de Luis Arce y del MAS. Una vez que es un secuestrado por el régimen de Arce, comenzó a sufrir el modus operandi de la persecución política en Bolivia: Lo secuestraron, lo remitieron a un penal de máxima seguridad y de ahí le sembraron procesos judiciales para atraparlo en una red jurídica y de persecución política”, dijo Bazán a EL DEBER.

Con todo, el abogado Camacho reiteró que esperan que el traslado sea efectivo es el Director del Centro Penitenciario del Centro Penitenciario San Pedro de Chonchocoro, mayor Marco Gonzáles, esto en cumplimiento del artículo 110 de la Ley 2298, Ley de Ejecución de Penas.

“Lo único que debe realizarse es el cumplimiento de la orden emitida en fecha 31 de enero y ratificada en fecha 31 de marzo en la anterior audiencia en que se suspendió la instalación del juicio y estableció el tribunal que la culpa de la suspensión de audiencia fue por el incumplimiento del mayor Marco Gonzáles”, manifestó.