A través de un pronunciamiento emitido el 25 de mayo, la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (Afcoop) comunicó a las cooperativas de primer a quinto grado y a sus asociadas, que en resguardo y protección de las cooperativas como formas de trabajo solidario y de cooperación, y defensa de los derechos e intereses de los asociados y los principios y valores cooperativos: así como, por razones de oportunidad para la mejor satisfacción del interés público comprometido, en el presente caso el movimiento cooperativo compuesto por los diferentes grados y sectores, se revocó en su totalidad las Resoluciones Administrativas N 34/2022 y N 35/2022.

El 6 de mayo de este año, a través de la Resolución Administrativa N 34/2022, el director general Ejecutivo a.i. de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley 356 General de Cooperativas y el Decreto Supremo N 1995, resolvió (primera disposición) aprobar la disolución forzosa de las cooperativas detalladas en anexo (42 cooperativas), de conformidad al artículo 17 del Reglamento de Disolución y Liquidación de Cooperativas, mismas que conservarían su capacidad jurídica únicamente para los actos estrictamente necesarios para su liquidación, no pudiendo iniciar nuevas operaciones o actos cooperativos en desarrollo de su objeto.

Además, señaló (en su segunda disposición) que se debe consignar en las denominaciones de esas cooperativas la palabra 'En liquidación', en el Registro Estatal de Cooperativas y en todos los actos relativos al proceso de Disolución y Liquidación.

En su quinta disposición, estableció conforme al artículo 64 de la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo, que estas cooperativas tienen el término de diez días hábiles a partir de la publicación con la presente Resolución Administrativa, para hacer uso de los recursos de impugnación establecidos por Ley, cumpliendo con las formalidades y documentación de respaldo al efecto.

En tanto, la Resolución Administrativa N 35/2022 contiene similares disposiciones y un anexo con 131 cooperativas.

De tal forma, con carácter previo al inicio de eventuales procesos de disolución y liquidación, se establecerán procedimientos de coordinación interinstitucional con las Autoridades Sectoriales de regulación; además, de la coordinación, interrelación, socialización y difusión a través de los niveles de integración del Movimiento Cooperativo”, finaliza el comunicado de Afcoop.

Sin embargo, la ASFI, con relación al pronunciamiento de la Afcoop, publicó el 25 de mayo, un comunicado que señala que: "velando por el sano funcionamiento y desarrollo de las Entidades Financieras y preservando la estabilidad del Sistema Financiero, comunica que los procedimientos de regularización, intervención, solución y liquidación de las Entidades de Intermediación Financiera, entre las cuales se encuentran las Cooperativas de Ahorro y Crédito, se rigen por la Ley 393 de Servicios Financieros y normativa conexa".

En este sentido, Reynaldo Yujra, director de la ASFI, en el programa de radio "Antes de medio día", explicó este jueves que las cooperativas que operan en el sector financiero son supervisadas por la institución y que en el país existen otro tipo de cooperativas que se dedican a otras actividades como la minería o agropecuaria, agua y alcantarillado. Estas últimas, son supervisadas por la Afcoop.

Según Yujra, la Afcoop, en sus procesos de verificación, identificó algunos incumplimientos administrativos y por eso emitió una sanción, a través de una resolución, pero no consideró que las cooperativas financieras, que están bajo la supervisión de ASFI, fueron incluidas en la lista de cooperativas sancionadas.

Fue un error de la Afcoop. Una vez que conocimos la resolución nos contactamos y tuvimos una reunión con la autoridad para aclararle cuál es el marco normativo. Por eso, luego emitieron una nueva resolución para dejar sin efecto la que tomaba en cuenta a las cooperativas financieras”, dijo Yujra, quien además expresó su preocupación por los conceptos (disolución y liquidación) emitidos por la Afcoop, que han causado malestar en la población. 

La disolución y liquidación se aplican en última instancia y eso no pasa con ninguna de las cooperativas que estaban incluidas en la lista”, aseguró Yujra.

No obstante, Afcoop desestimó las resoluciones que determinaban las disoluciones y liquidaciones de las 170 cooperativas, tanto financieras como de otros servicios.

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